Metodología: cómo verificamos y actualizamos cada cifra
Última modificación:
Esta página está escrita para que puedas auditar el sitio, no para que te fíes de él. Si algo de lo que hay aquí no se corresponde con lo que ves, quiero saberlo: al final está la vía para avisar.
Por qué hace falta un método y no basta con «revisar de vez en cuando»
Al preparar este proyecto se verificaron contra el BOE las cifras que hoy publican los sitios que salen los primeros en Google para estas consultas. Aparecieron más de veinte errores de hecho, y no en blogs improvisados: en portales de bancos, en institutos de estudios y en micrositios de calculadoras con años de antigüedad. Cuatro ejemplos de los que se documentaron:
- El porcentaje del paro a partir del día 181: circula por todas partes el de una redacción derogada hace años, no el vigente.
- «El subsidio de mayores de 52 años sigue la escala decreciente de los subsidios». No la sigue: tiene una cuantía plana desde el primer día.
- «Para el subsidio de mayores de 52 cuentan las rentas de la unidad familiar». La ley solo mira las rentas propias del solicitante.
- «Una baja médica dura como máximo un año». El máximo real es bastante más largo, y con la demora de calificación puede alargarse todavía más.
Las cifras exactas de cada uno de esos casos están, con su norma y su fuente, en las páginas correspondientes del sitio y en Cifras oficiales. Aquí no se repiten a mano, precisamente por lo que explica el apartado siguiente.
Ninguno de esos errores es fruto de mala fe. Son cifras que fueron correctas y que nadie volvió a mirar cuando cambió la norma. Un método que dependa de la buena voluntad de revisar acaba exactamente ahí. Por eso aquí la verificación no es un hábito: es una pieza del programa que compila el sitio.
Regla 1: una cifra vive en un único sitio
Todas las cifras legales del proyecto —el salario mínimo, el IPREM, las bases de cotización, los porcentajes del paro, las cuantías de los subsidios, los tramos de la baja médica, los días de indemnización por despido— están en un solo fichero de datos. Las páginas no las escriben: las piden por su nombre. Donde el texto dice una cantidad, en el original hay una referencia a esa cifra del fichero.
La consecuencia práctica es la que importa: cuando el Gobierno cambia el salario mínimo, se corrige en un sitio y quedan corregidas todas las páginas, todas las tablas, todos los títulos y todas las herramientas a la vez. No existe la posibilidad de que un artículo antiguo se quede con la cifra del año pasado, porque ese artículo nunca tuvo la cifra dentro.
Regla 2: cada cifra lleva su norma, su fuente y su fecha
Una cifra suelta no se puede auditar. En el fichero de datos, cada una es un registro con:
- Valor y unidad
- El número y qué es: euros al mes, euros al día, un porcentaje, días naturales.
- Fuente
- La referencia a la norma o a la página oficial de la que sale, con su identificador del BOE cuando lo tiene y el enlace directo al texto consolidado.
- Vigencia
- Desde cuándo se aplica y, si ya no está en vigor, hasta cuándo se aplicó. Los datos que dependen del año de los hechos no se sobrescriben: se guardan por ejercicio, porque una transmisión o un contrato pueden abarcar veinte años.
- Estado
- El semáforo de verificación del que habla el apartado siguiente.
- Fecha de revisión
- El día en que se comprobó por última vez contra la fuente. Es la fecha que ves al pie de las tablas.
Regla 3: el semáforo de verificación, con tres estados y ninguno más
| Estado | Qué significa | Se puede publicar |
|---|---|---|
| Verificado | Comprobado contra fuente primaria: el texto consolidado del BOE, la Orden de cotización, la página de cuantías del SEPE, la Seguridad Social o la Agencia Tributaria. | Sí. |
| Secundario | Solo hay fuentes fiables no oficiales, o la cifra la calculamos nosotros a partir de datos oficiales. Se publica marcada como tal, con la aritmética a la vista. | Sí, siempre etiquetada. |
| Pendiente de verificar | No se ha podido confirmar contra fuente primaria. | No como cifra firme en una página de contenido: bloquea la compilación de cualquier página que la use. Sí aparece, señalada como pendiente, en Cifras oficiales y en el fichero de datos público. |
Regla 4: el sitio no se publica si hay una cifra sin verificar
Esta es la parte que convierte la intención en garantía. Cada página declara qué bloques de datos utiliza. Cuando se compila el sitio en modo de producción, el programa recorre esa declaración y, si encuentra una sola cifra marcada como pendiente de verificar en una página que va a publicarse, aborta y no genera nada, indicando el fichero y la cifra culpables.
Conviene precisar qué se bloquea exactamente, porque no es todo: lo que no puede publicarse es una cifra sin verificar presentada como dato firme dentro de un artículo. Las cifras pendientes sí se publican —y deben publicarse— en Cifras oficiales y en el fichero de datos, etiquetadas como pendientes. Esconder lo que falta por verificar sería justo lo contrario de lo que pretende esta página: ahí están a la vista, con su estado, para que se pueda auditar también lo que todavía no está cerrado.
Publicar un dato sin verificar como si estuviera confirmado deja así de poder ocurrir por descuido. Solo puede ocurrir cambiando a mano el estado de esa cifra, que es un acto deliberado y queda registrado en el historial de cambios del proyecto con su fecha y su autor.
Hay una segunda comprobación del mismo tipo: si el texto pide una cifra que no existe en el fichero de datos, o una tabla que no está registrada, la compilación también falla. El sitio nunca muestra un hueco vacío ni un marcador sin resolver donde debería haber un número.
Regla 5: lo que calculamos nosotros se dice que lo calculamos nosotros
Hay cifras que existen legalmente pero que ningún organismo publica ya resueltas. El caso más claro de este sitio es la base por la que el SEPE cotiza a tu jubilación mientras cobras el subsidio de mayores de 52 años: la ley fija un porcentaje concreto de la base mínima de cotización, y la base mínima está publicada en el BOE, pero el resultado de multiplicar una cosa por la otra no aparece en ninguna publicación oficial. Ni el SEPE ni la Seguridad Social publican ese importe ya calculado.
La solución honesta no es callarse la cifra ni presentarla como si el SEPE la hubiera publicado. Es publicarla como cálculo propio, con la operación delante. Cuando el sitio muestra una cifra derivada, la marca visiblemente, enseña la multiplicación y añade al pie una advertencia de que la hemos calculado nosotros a partir de dos datos oficiales y que el organismo no la publica resuelta. Una cifra derivada sin ese marcado no se puede publicar; es la misma clase de control que el del apartado anterior.
El mismo criterio se aplica a las interpretaciones. Cuando una norma admite más de una lectura razonable y no hay criterio administrativo ni jurisprudencia que cierre la cuestión, el texto dice qué lectura estamos usando y por qué, en lugar de presentarla como la única posible.
Contra qué se verifica
Por orden de preferencia, y siempre bajando en la lista solo cuando la de arriba no sirve:
- El texto consolidado del BOE, a través de la API de datos abiertos de legislación consolidada. No se verifica contra la versión en PDF del día de publicación, porque una norma de 2015 puede haber sido modificada seis veces desde entonces. La API devuelve además todas las versiones históricas de un mismo artículo con su fecha de vigencia, lo que permite tres cosas que ninguna otra fuente da: saber con certeza qué redacción está en vigor hoy, reconstruir cómo era la norma en un año anterior, y demostrar en negativo que una reforma anunciada en la prensa no se ha aprobado, porque el artículo sigue teniendo una única versión antigua.
- El SEPE, para las cuantías anuales de prestaciones y subsidios y para los criterios de gestión.
- La Seguridad Social, para bases, tipos de cotización y prestaciones de incapacidad temporal.
- La Agencia Tributaria, para retenciones y tributación.
- Boletines oficiales autonómicos y provinciales y ordenanzas municipales, cuando el dato es local.
Los medios especializados, los despachos y los foros se usan para detectar que algo ha cambiado, nunca para confirmarlo. Una noticia sirve para ir a buscar la norma; no sirve como fuente de una cifra.
Cada cuánto se revisa
- Sprint anual de enero
- El repaso completo. Un comando lista todas las cifras cuya vigencia ha terminado o cuya última revisión tiene más de doce meses; se abre la fuente de cada una, se confirma o se corrige, se actualizan la vigencia y la fecha de revisión, y se anota el cambio en el registro de cambios del fichero de datos. Ese registro es el que alimenta la sección «qué ha cambiado este año» de Cifras oficiales.
- Repaso trimestral
- Más corto. Se comprueba que todos los enlaces a fuentes oficiales siguen respondiendo y no han cambiado de dirección, y se revisan los apartados de estado normativo: los temas en los que hay una reforma en discusión y en los que el sitio tiene que decir explícitamente qué está aprobado y qué solo se negocia.
- Revisiones extraordinarias
- Cuando se publica una norma que afecta a una cifra del sitio, no se espera a enero. Los meses en los que se sabe de antemano que puede moverse algo quedan marcados en el calendario del proyecto.
La huella queda
Todo el sitio se guarda en un repositorio con historial de versiones, y cada sprint anual deja una etiqueta con el ejercicio. Eso permite responder a la pregunta que de verdad importa si algún día alguien discute un dato: qué cifra exacta estaba publicada en esta página el día que la consulté. No es una promesa de buena conducta; es una propiedad del sistema.
Además, el fichero de datos completo se publica renderizado en Cifras oficiales, con todas las cifras del sitio, su norma, su fuente, su estado de verificación y su fecha de revisión, incluidas las que ninguna página utiliza todavía. Si algo está mal, está mal a la vista.
Lo que este método no puede darte
Conviene decirlo con la misma claridad que lo anterior. Este método garantiza que las cifras y las normas citadas son las correctas y están al día. No garantiza que la conclusión que saques para tu caso sea la buena, porque eso depende de tu vida laboral concreta, de tu convenio colectivo, de la documentación que presentes y del criterio del organismo que resuelva.
Quien escribe este sitio no es abogado ni graduado social, y no ejerce como tal. Puedes leerlo en Sobre nosotros, escrito sin rodeos. Precisamente por eso el sitio publica el método y las fuentes: para que no tengas que fiarte de una credencial que no existe, sino comprobar el dato o llevárselo a un profesional que sí la tenga.
La información de este sitio es orientativa y no constituye asesoramiento legal, laboral ni fiscal. Para tu caso concreto acude a un graduado social, a un abogado laboralista o a una gestoría.
Si ves un dato incorrecto
Es la parte más útil de esta página. Si encuentras una cifra equivocada, una norma mal citada o un dato que ha quedado obsoleto, escribe a hola@mecorresponde.es con tres cosas:
- La dirección de la página donde lo has visto.
- La frase o la cifra concreta que crees que está mal.
- La fuente que lo contradice, si la tienes. Con el enlace al BOE, al SEPE o a la Seguridad Social basta y sobra.
Lo que se hace con ese aviso está descrito paso a paso en Contacto: se comprueba contra la fuente primaria, y si el error existe se corrige en el fichero de datos, se anota el cambio y se vuelve a publicar el sitio. Las correcciones no se hacen en silencio.