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Subsidios por desempleo: las cifras oficiales de 2026

Estas son todas las cifras de desempleo.subsidios en el fichero de datos: 23 cifras sueltas y seis tablas con 21 filas, cada una con la norma de la que sale, desde cuándo está vigente y en qué estado de verificación se encuentra.

Actualizado el · Cifras del ejercicio 2026 verificadas contra el BOE y el SEPE · ver todas las cifras y sus fuentes · qué ha cambiado

Es una de las dos páginas del bloque Desempleo, dentro de Cifras oficiales. Los datos en bruto están en datos-legales-2026.json. Si encuentras una cifra equivocada, dínoslo.

Qué recoge este bloque

Esta página reúne las 23 cifras sueltas y las seis tablas de los subsidios por desempleo, la protección que queda cuando no hay derecho a la prestación contributiva o cuando ya se ha agotado. Sirven para saber si se cumple el límite de rentas, cuánto se cobra en cada tramo y cuántos meses dura el subsidio en cada situación.

La mayor parte rige desde el 1 de noviembre de 2024 y está en la LGSS, la Ley General de la Seguridad Social. El artículo 275.1 sitúa el límite de rentas en el 75 % del salario mínimo, sin la parte proporcional de las pagas extraordinarias, lo que da 915,75 €. El artículo 278 fija una escala que baja con el tiempo: 95 %, 90 % y 80 % del IPREM mensual de 600,00 €. El de mayores de 52 años va aparte: el artículo 280.4 le da una cuantía fija de 480,00 € desde el primer día.

Los porcentajes solo cambian si cambia la ley; los importes se mueven con el IPREM y con el salario mínimo. Dos filas tienen vigencia cerrada en 2026: la base de cotización por jubilación de los mayores de 52 años y el límite de rentas del subsidio agrario. Las tablas de edad de jubilación, de la disposición transitoria séptima de la LGSS, ya recogen el régimen final desde 2027.

Cómo leer la tabla

Cada fila une un dato con su origen. Mira la del límite de rentas: la columna Cifra trae la clave subsidios.limite_rentas y la cita literal del artículo; Valor da el importe; Fuente, el artículo 275.1; Vigencia, «Desde 01/11/2024»; Estado, «Verificado» con el día de la revisión. Casi todo el bloque está contrastado con la fuente primaria. Dos filas van en «Fuente secundaria»: el importe de la cotización por jubilación, un cálculo propio de MeCorresponde porque el SEPE no lo publica calculado, y el límite del subsidio agrario, sacado del cuadro de cuantías del SEPE y no del articulado. No hay ninguna fila «Pendiente de verificar»; si la hubiera, no saldría como cifra firme fuera del registro.

La tabla de la escala general muestra la cuenta entera, porcentaje por IPREM. Aun así, ninguna fila dice cuánto cobra alguien: eso depende de sus rentas, de sus responsabilidades familiares, de su edad y de lo cotizado.

Dónde se usan estas cifras en el sitio

El verificador del subsidio para mayores de 52 años comprueba los requisitos con las cifras de esta página, y su guía desarrolla la cuantía fija, la cotización para la jubilación, el trabajo compatible con el subsidio y la declaración anual de rentas. La escala general y las tablas de duración de los demás subsidios están en la página del paro, en el mapa de salidas para cuando se agota la prestación. La parte contributiva está en las cifras de la prestación contributiva.

Estados: Verificado = comprobado contra la fuente primaria; Fuente secundaria = importe calculado por nosotros a partir de datos oficiales; Pendiente de verificar = no se publica como cifra firme en ninguna otra página. El detalle está en la regla 3 de la metodología.

Subsidios por desempleo desempleo.subsidios

Cifras del bloque desempleo.subsidios
CifraValorFuenteVigenciaEstado
Texto literal del art. 275.1: «no superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias».
subsidios.limite_rentas
915,75 €Art. 275.1 LGSS — carencia de rentas propias: 75 % del salario mínimo interprofesionalDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
Texto literal del art. 277.3: «En todos los casos el subsidio se reconocerá por periodos trimestrales, prorrogables hasta agotar la duración máxima».
subsidios.periodicidad_reconocimiento
3 mesesArt. 277.3 LGSS — reconocimiento del subsidio por períodos trimestrales prorrogablesDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
Subsidios · mayores 52 · edad mínima
subsidios.mayores_52.edad_minima
52 añosArt. 280 LGSS — beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de cincuenta y dos añosDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
80 % del IPREM mensual vigente en cada momento (600,00 € en 2026). Cuantía PLANA desde el primer día: el art. 280.4 no remite al art. 278 ni a su escala decreciente.
subsidios.mayores_52.cuantia_mensual
480,00 €Art. 280.4 LGSS — cuantía del subsidio para mayores de 52 años: 80 % del IPREM mensualDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
Texto literal del art. 280.4: «La cuantía del subsidio por desempleo para trabajadores mayores de cincuenta y dos años será igual al 80 por ciento del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente en cada momento».
subsidios.mayores_52.porcentaje_iprem
80 %Art. 280.4 LGSS — cuantía del subsidio para mayores de 52 años: 80 % del IPREM mensualDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
NO entra en la escala 95/90/80 del art. 278. Comprobado el 26-8-2026 sobre el texto consolidado del BOE: el art. 280.4 fija cuantía propia y plana y no contiene ninguna remisión al art. 278.
subsidios.mayores_52.aplica_escala_decreciente
noArt. 280.4 LGSS — cuantía del subsidio para mayores de 52 años: 80 % del IPREM mensualDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
Subsidios · mayores 52 · requisitos · requisitos jubilación salvo edad · cotizado Seguridad Social años
subsidios.mayores_52.requisitos.requisitos_jubilacion_salvo_edad.cotizado_ss_anios
15 añosArt. 205.1.b) LGSS — período mínimo de cotización de la pensión de jubilaciónDesde 02/01/2016Verificado
Revisado el 26/08/2026
Subsidios · mayores 52 · requisitos · requisitos jubilación salvo edad · cotizado ultimos 15 años
subsidios.mayores_52.requisitos.requisitos_jubilacion_salvo_edad.cotizado_ultimos_15_anios
2 añosArt. 205.1.b) LGSS — período mínimo de cotización de la pensión de jubilaciónDesde 02/01/2016Verificado
Revisado el 26/08/2026
Texto literal: «hayan cotizado efectivamente en España por desempleo durante al menos seis años a lo largo de su vida laboral, sin que a estos efectos resulte de aplicación el artículo 235». No computa, por tanto, la totalización por convenio internacional.
subsidios.mayores_52.requisitos.cotizado_desempleo_anios
6 añosArt. 280 LGSS — beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de cincuenta y dos añosDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
El derecho nace al día siguiente del hecho causante si se solicita dentro de esos quince días hábiles. Fuera de plazo, nace el día de presentación de la solicitud.
subsidios.mayores_52.requisitos.plazo_solicitud_dias_habiles
15 días hábilesArt. 280 LGSS — beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de cincuenta y dos añosDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
Se entiende cumplida la inscripción ininterrumpida cuando cada interrupción dura menos de noventa días naturales. No computan los períodos de actividad por cuenta propia o ajena, pero no se puede acceder al subsidio si el cese en el último trabajo fue voluntario.
subsidios.mayores_52.requisitos.interrupcion_admitida_dias
90 días naturalesArt. 280 LGSS — beneficiarios del subsidio por desempleo para mayores de cincuenta y dos añosDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
Subsidios · mayores 52 · cotización jubilación · porcentaje base mínima
subsidios.mayores_52.cotizacion_jubilacion.porcentaje_base_minima
125 %Art. 280.9 LGSS — cotización por jubilación durante el subsidio: 125 % de la base mínima del Régimen GeneralDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
Cálculo propio de MeCorresponde a partir de dos datos oficiales. El SEPE no publica este importe ya resuelto.
subsidios.mayores_52.cotizacion_jubilacion.importe
1.780,50 € (125 % × 1.424,40 €, cálculo propio)Art. 280.9 LGSS — cotización por jubilación durante el subsidio: 125 % de la base mínima del Régimen General01/01/2026 – 31/12/2026Fuente secundaria
Revisado el 26/08/2026
Texto literal de la DA 59.ª.7: «Durante el periodo de percepción del complemento de apoyo al empleo por colocación a tiempo completo compatible con la prestación y el subsidio por desempleo, la entidad gestora no ingresará cotizaciones a la Seguridad Social». A jornada completa la base de cotización por jubilación no se reduce: desaparece. Se pasa de cotizar por el 125 % de la base mínima a no cotizar nada.
subsidios.mayores_52.cotizacion_jubilacion.cotizacion_durante_el_cae.jornada_completa_cotiza_la_entidad_gestora
noDisposición adicional 59.ª, apartado 7, LGSS — cotización durante el complemento de apoyo al empleo: a jornada completa la entidad gestora no ingresa cotizacionesDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
Subsidios · mayores 52 · declaracion anual rentas · periodicidad meses
subsidios.mayores_52.declaracion_anual_rentas.periodicidad_meses
12 mesesArt. 280.8 LGSS — declaración anual de rentas del subsidio para mayores de 52 añosDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
Subsidios · mayores 52 · declaracion anual rentas · plazo días habiles
subsidios.mayores_52.declaracion_anual_rentas.plazo_dias_habiles
15 días hábilesArt. 280.8 LGSS — declaración anual de rentas del subsidio para mayores de 52 añosDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
Triple confirmación en el texto legal: el art. 280.9 prevé expresamente la reducción de la base de cotización «en caso de percibir el complemento de apoyo al empleo»; la DA 59.ª.4 LGSS cita «el subsidio previsto en el artículo 274.1.a) o en el artículo 280»; y la DT 4.ª del RDL 2/2024 habla de «todos los subsidios por desempleo, incluido el subsidio para mayores de cincuenta y dos años».
subsidios.mayores_52.cae.aplicable_a_mayores_52
síArt. 282.3 LGSS — compatibilidad del subsidio con el trabajo: complemento de apoyo al empleo, tabla por trimestre y jornada, duración máxima de 180 días y exclusionesDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 26/08/2026
Duración máxima del complemento de apoyo al empleo.
subsidios.mayores_52.cae.maximo_dias
180 díasArt. 282.3 LGSS — compatibilidad del subsidio con el trabajo: complemento de apoyo al empleo, tabla por trimestre y jornada, duración máxima de 180 días y exclusionesDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 25/08/2026
No cabe el complemento con empresas en las que se trabajó durante los doce meses anteriores.
subsidios.mayores_52.cae.ventana_incompatibilidad_meses
12 mesesArt. 282.3 LGSS — compatibilidad del subsidio con el trabajo: complemento de apoyo al empleo, tabla por trimestre y jornada, duración máxima de 180 días y exclusionesDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 25/08/2026
Consume días de subsidio uno a uno, sea cual sea el porcentaje percibido.
subsidios.mayores_52.cae.consume_dias_de_subsidio
síArt. 282.3 LGSS — compatibilidad del subsidio con el trabajo: complemento de apoyo al empleo, tabla por trimestre y jornada, duración máxima de 180 días y exclusionesDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 25/08/2026
Subsidios · otros · emigrantes retornados · duración meses
subsidios.otros.emigrantes_retornados.duracion_meses
18 mesesDisposición adicional 57.ª LGSS — subsidio por desempleo de las personas emigrantes retornadasDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 25/08/2026
Subsidio de nueva creación que sustituye a la renta activa de inserción para este colectivo. 20 meses si ya disfrutó un derecho de renta activa de inserción; 10 meses si disfrutó dos.
subsidios.otros.victimas_violencia.duracion_meses
30 mesesDisposición adicional 58.ª LGSS — subsidio por desempleo de las víctimas de violencia de género o sexualDesde 01/11/2024Verificado
Revisado el 25/08/2026
Límite de rentas del subsidio agrario, equivalente al 100 % del salario mínimo interprofesional. Tomado del cuadro de cuantías del SEPE, no del articulado.
subsidios.subsidio_agrario_limite_rentas
1.221,00 € Cifra tomada del cuadro de cuantías del SEPE, no del texto de la ley.SEPE — cuantías anuales de prestaciones y subsidios por desempleo01/01/2026 – 31/12/2026Fuente secundaria
Revisado el 25/08/2026
Tabla Subsidios · escala general · tramos subsidios.escala_general.tramos
Desde díaHasta díaPorcentaje IPREMImporte calculadoBase resueltaCalculo generadoUnidad
118095 %570,00 €600,00 €95 % × 600,00 €EUR/mes
18136090 %540,00 €600,00 €90 % × 600,00 €EUR/mes
361—80 %480,00 €600,00 €80 % × 600,00 €EUR/mes

Fuente: Art. 278 LGSS — cuantía del subsidio: escala decreciente 95/90/80 del IPREM. Revisado el 26 de agosto de 2026. Los porcentajes de esta tabla se aplican sobre indicadores.iprem.mensual.

Tabla Subsidios · mayores 52 · edad ordinaria jubilación 2026 · tramos subsidios.mayores_52.edad_ordinaria_jubilacion_2026.tramos
Periodo cotizadoCotizado añosCotizado mesesEdad añosEdad meses
38 años y 3 meses o más38 años3 meses65 años0 meses
Menos de 38 años y 3 meses——66 años10 meses

Fuente: Disposición transitoria séptima LGSS — aplicación paulatina de la edad de jubilación y de los años de cotización. Revisado el 26 de agosto de 2026.

Tabla Subsidios · mayores 52 · edad ordinaria jubilación 2026 · regimen final desde 2027 subsidios.mayores_52.edad_ordinaria_jubilacion_2026.regimen_final_desde_2027
Periodo cotizadoEdad añosEdad meses
38 años y 6 meses o más65 años0 meses
Menos de 38 años y 6 meses67 años0 meses

Fuente: Disposición transitoria séptima LGSS — aplicación paulatina de la edad de jubilación y de los años de cotización. Revisado el 26 de agosto de 2026.

Tabla Subsidios · mayores 52 · CAE · filas subsidios.mayores_52.cae.filas
TrimestreJornada completaParcial 75 o masParcial 50 a 75Parcial menos 50
180757060
260504540
340353025
430252015
5 y siguientes2015105

Fuente: Art. 282.3 LGSS — compatibilidad del subsidio con el trabajo: complemento de apoyo al empleo, tabla por trimestre y jornada, duración máxima de 180 días y exclusiones. Revisado el 25 de agosto de 2026. Los porcentajes de esta tabla se aplican sobre indicadores.iprem.mensual.

Tabla Subsidios · otros · agotamiento prestación · filas subsidios.otros.agotamiento_prestacion.filas
Responsabilidades familiaresEdadPrestación agotada días mínimoDuración meses
nomenos de 453606 meses
no45 o más1206 meses
síindiferente12024 meses
síindiferente18030 meses

Fuente: Art. 277.1 LGSS — duración del subsidio por agotamiento de la prestación contributiva. Revisado el 26 de agosto de 2026.

Tabla Subsidios · otros · cotización insuficiente · filas subsidios.otros.cotizacion_insuficiente.filas
Ocupacion cotizada díasResponsabilidades familiaresDuración meses
90 díasindiferente3 meses
120 díasindiferente4 meses
150 díasindiferente5 meses
180 díasno6 meses
180 díassí21 meses

Fuente: Art. 277.2 LGSS — duración del subsidio por cotización insuficiente. Revisado el 26 de agosto de 2026.